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sábado, 14 de enero de 2017

Criminal "Sobre golpes en Fuentestrún" Juicio a dos vecinos en 1828

En el Archivo Parroquial de Ágreda se encuentra guardado un documento que recoge el proceso judicial seguido contra dos vecinos de Fuentestrún, Manuel García y Francisco Largo, que se pelearon en pleno mes de agosto, allá por el año 1828, ocasionándose numerosas heridas. El escrito es eminentemente judicial, puesto que recoge el litigio, desde las primeras declaraciones hasta la sentencia, por lo que no debiera estar en archivo de la Iglesia puesto que nada le compete, pero gracias a ella se ha conservado y nos ha llegado íntegro hasta la actualidad.
Preparando un artículo de D. Alfonso García para La Hoja de Fuentestrún sobre todos los documentos archivados en Ágreda y relacionados con el pueblo, me llamó la atención el título y gracias a la colaboración del archivero, Francisco Javier Palacios, pude fotografiarlo y, con tiempo, leer su contenido.
Ofrezco un breve resumen de lo acontecido que, como ocurre en todos los pueblos, seguramente solo sería la punta del iceberg de una enemistad larvada durante mucho tiempo. Para los más eruditos adjunto el texto original, por si alguien más docto en la materia que yo, simple aficionado, es capaz de extraer mejores conclusiones y datos más completos que estaría encantado me fueran facilitados. No hace falta mucha imaginación para situarnos en plena época de cosecha, concretamente en el lugar más concurrido del pueblo, que no era otro que las eras, donde los habitantes se afanaban en trillar y aventar lo recogido. Algunos laboraban en lo suyo y a otros no les quedaba más remedio que trabajar para los demás; como la vida misma.

 La Historia:
Todo comenzó en la jornada del nueve de agosto de 1828 cuando Francisco Largo acude a la era de Manuel Gil donde se encontraba trabajando su padrastro Leandro García a pedirle que le deje una yunta para trillar al día siguiente en Matalebreras. El hijo de Leandro, Manuel García, hermanastro por tanto de Francisco Largo, se opone rotundamente y entre ambos se cruzan unos cuantos insultos, algunos tan peculiares como el que le dedica Francisco a Manuel: “como se conoce aún las trazas de Suellacabras”, a lo que este le responde “tócame los c.”.
Bárbara Simón, mujer de Martín Tutor, aleja a Francisco hasta su era con la escusa de cargar unos sacos, pero Manuel García les sigue y recogiendo dos cantos del suelo amenaza a Francisco, quién agarrando una pala le planta cara. Ambos se acusan de empezar primero, pero queda claro que Manuel García lanzó dos cantazos a Francisco y este le partió la pala en la cabeza. A partir de aquí se enzarzan en una pelea cuerpo a cuerpo que sigue, a pesar de los que les quieren separar, con la llegada de parientes de Manuel que se suman a la pelea contra Francisco. Antes de caer la noche no habría un alma en el pueblo que no supiera todos los por menores de la pelea.
El litigio judicial comienza esa misma tarde, cuando Manuel García, con una fuerte herida en la cabeza y mucha sangre vertida, acude al Síndico Procurador, Eusebio Barranco a denunciar a Francisco Largo por la agresión sufrida. Este decide llamar al cirujano local, D. Manuel Gaya para que le cure y toma la decisión de mandar a la cárcel a Francisco Largo. En vista de las heridas que también presenta el detenido, manda de nuevo llamar al cirujano para que le cure y, la máxima autoridad judicial del pueblo, opta por tomar una decisión salomónica: meter en la cárcel a los dos.
Al día siguiente, con más calma ,Eusebio Barranco manda llamar al escribano, fiel de hechos, función que solían cumplir el maestro o el sacristán o quién supiera escribir en el pueblo, y sacando del cajón papel timbrado de a cuarenta maravedíes el pliego se puso a dictarle los hechos acaecidos que una vez reflejados fueron a llevados a Ágreda, a quién correspondía, que no era otro que al Licenciado Don José Balmaseda, Corregidor, Justicia Mayor, Capitán de Guerra de Su Majestad, Subdelegado de Renta de Mesta, Pastos y Plantíos de la Villa de Ágreda y de su Partido.
A las diez de la mañana del once de agosto recibe el Señor Corregidor el oficio y manda sin tregua a Don Diego Ordoñez, Aguacil Mayor del Juzgado, como comisionado, asistido del escribano Joaquín Agustín Tudela, se desplacen hasta Fuentestrún para tomar las correspondientes declaraciones a cuantos consideren oportunos, trayendo presos a los dos detenidos y procediendo con embargo de sus bienes. Para las doce del mediodía ambos se ponen en camino, suponemos que con buenas monturas, y llegan al lugar de Fuentestrún, “Aldea de la Villa de Ágreda”, a las tres de la tarde. Rápidamente se ponen a trabajar convocando “en la casa donde está la Audiencia” al Alcalde, al Cirujano y a los dos detenidos. El Alcalde y Regidor, Juan Tutor, se halla ausente por lo que deben ser asistidos por el Primer Regidor, Matías Delgado. Por su parte el Cirujano (no confundir con médico, puesto que era una categoría muy inferior) Don José Gaya informa al Comisionado que los dos detenidos se encuentran encamados en sus casas, debido a las heridas y para tomarles declaración debe desplazarse la comitiva hasta cada una de ellas.
Dos días pasan en Fuentestrún el Comisionado junto con el Escribano tomando declaración a numerosos testigos de la pelea. De dónde pernoctaron nada se sabe pero, aunque en un momento dado se habla de una posada situada en la Audiencia, parece más lógico que acabaran hospedados en casa del Regidor Primero.
Las declaraciones giran en torno a quién comenzó la riña y que familiares de Manuel García se sumaron a pegar a Francisco Largo. El Comisionado se muestra interesado en un pequeño tumulto que se formó a las puertas de la casa del cura, dónde estaba curándose Francisco Largo, por parte de parientes de Manuel García que amenazaban incluso de aplicar la “Justicia Catalana”, esto es, dejar al pueblo que actúe sin tribunales.
Como el Cirujano no recomienda que viajen los dos detenidos debido a su estado, el Comisionado deja por escrito un mandato al Alcalde para que sin más dilación entregue los dos encausados en la prisión de la Villa, cuando mejore su salud. Por último, antes de abandonar el pueblo, proceden al embargo de bienes de los dos encausados. Un listado que nos puede dar una idea del nivel de vida de dos labradores de Fuestestrún en el año 1828, ambos de 34 años, casados y con hijos.
A Manuel García le embragan: un escaño con respaldo, un caldero de cobre, una sartén grande y otra pequeña de hierro, un cazo dorado bueno y otro más pequeño, seis sábanas de cáñamo usadas y seis almohadas, un ¿cobertol? de paño, veinte fanegas de trigo común y una cerda de cría. Por su parte a Francisco Largo le embargan: un banco de pino, dos taburetes de los mismo, una sartén grande y otra pequeña de hierro, dos cazos, grande y pequeño, de cobre, un caldero de cobre, un almirez de bronce, una caldera de los mismo, seis sábanas de cáñamo y seis almohadas, un arca de pino grande, dos cortinas de indiana, quince fanegas de cebada, una cerda de cría, una capa amatada de paño negro y un vestido de lo mismo. Dos vecinos quedan depositarios, Vicente Vela y Matías Largo, mientras otros tres hacen de testigos, León Tutor, Luis Ruiz y José Ruiz.
Ocho días después, el veinte de agosto, se presenta en la Villa de Ágreda el Alcalde de Fuentestrún, Juan Tutor, trayendo a los dos encausados, Manuel García y Francisco Largo, que son conducidos a la Real Cárcel de la Villa. Se deduce que en el tiempo que han pasado en el pueblo han sido convencidos para evitar a toda costa el Juico, por lo que, un letrado de la Villa, Joaquín Josef, presenta un escrito ante el Corregidor, firmado por ambos, donde quieren quitar hierro al asunto y que se sobresea la causa: “Qué habiendo tenido cierta disputa, como hermanos que somos,…, nos perdonamos mutuamente. No hay motivo para construir una defensa…Estamos prontos a pagar las costas ocasionadas…suplicamos se nos ponga en libertad…no podemos ser privados en un asunto tan liviano con tan grave perjuicio…con dilatadas familias y cosechas pendientes…”.
El Corregidor, siguiendo con el proceso, llama al día siguiente a declarar a ambos, que se vuelven a ratificar en sus diferentes versiones, acusándose mutuamente de haber empezado la pelea. Tras un largo interrogatorio los devuelve a prisión dónde pasarán un días más, hasta que el 23 de agosto se hace pública la sentencia. El Licenciado José Balmaseda, Corregidor y Justicia Mayor, manda sobreseer la causa, condenado a ambos a pagar todas las costas procesales, imponiéndoles una multa de 40 ducados a pagar mancomunadamente. Además multa a Francisco García, tío de Manuel, por su altanería contra el Señor Párroco y Justicia, con cinco ducados; “apercibidos los primeros y prevenido el segundo que si reinciden en delito semejante serán tratados con todo rigor”. El documento finaliza con el desglose de las costas procesales que se elevan a 281,17 (no figura la moneda).

 ANEXO 1

Supongo que la cuantía de la multa, 20 ducados a pagar cada uno de los encausados, sería una cifra considerable para un labrador en el año 1828, pero desconozco hasta que punto era viable poder pagarla. Si algún historiador puede facilitar datos de precios en ese tiempo, sobre todo de trigo y cebada, nos permitiría saber si la cuantía de la multa era importante o no.

 ANEXO 2

El tema de las relaciones familiares en un pueblo siempre ha sido complicado, tendiendo a veces a caer en la endogamia, por lo que no me queda claro la relación de parentesco entre ambos encausados. “Hermanastros” recoge el texto, aunque sin relación sanguínea, puesto que uno se apellida García, como su Padre Leandro y el otro Largo, ambos de la misma edad. Suponemos que el padre de Manuel y la madre de Francisco se casaron después de enviudar, ambos con hijos de la misma edad del anterior matrimonio, de ahí puede venir su enemistad. A este lío viene a sumarse que en la era donde estaban trillando la familia García estaban presentes tres “hijastras” de Leandro: Vitoria Gil y Gil, Lucía Gil y Gil y Braulia Gil y Gil, de 22,21 y 20 años respectivamente. Y aquí ya me pierdo, pues como no volviera a casase por tercera vez el tal Leandro, con una mujer que ya tuviera tres hijas, no me explico sino el parentesco. Habrá que consultar con paciencia el libro de la parroquia dónde figuran los matrimonios, nacimientos y defunciones del pueblo.

 ANEXO 3

Del documento en cuestión se pueden sacar mucha información, en función del objetivo que se busque. Con respecto al nivel de alfabetización sorprende que todas las mujeres, cuatro en total, que declaran no firman, por “no saber”, mientras que la mayoría de los hombres, siete de ocho, si lo hace, aunque se nota que les cuesta escribir su propio nombre. Curioso señalar que a la hora de declarar las mujeres dicen quienes son sus maridos, mientras que los hombres solo indican si están casados o no.

 ANEXO ÚLTIMO

En el documento figuran casi cuarenta personas, de las cuales 34 son vecinos de Fuentestrún y cinco vecinos de la Villa de Ágreda. Los cargos que figuran en Fuentestrún son: el Alcalde y Regidor Juan Tutor, el Primer Regidor Matías Delgado, el Síndico Procurador Eusebio Barranco, el Cirujano José Gaya (que solo firma una vez y de malas maneras), y sin nombre aparecen el Aguacil del pueblo, el Párroco (¿García?) y el Fiel de Hechos, Martín ¿Cano? que seguramente sería el maestro de la localidad. Por su parte las autoridades de Ágreda que aparecen son: el Corregidor, Justicia Mayor José Balmaseda, el Aguacil Mayor del Juzgado Diego Ordoñez, el escribano Joaquín Agustín Tudela, el Licenciado Joaquín Josef y el Alcalde de la Real Cárcel Felipe Ruiz.


Autor: Luis Miguel Largo Ruiz
luismilargo@gmail.com

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